¿La nueva Constitución propone ‘sólidos’ derechos para consumidores?
(20 julio 2022) En Chile, la relación entre los proveedores de bienes o servicios y los consumidores está regulada por la Ley N° 19.496 de protección de los derechos de los consumidores. El cuerpo legal indica derechos y obligaciones para consumidores y empresas comerciales. El derecho a contar con información veraz y oportuna, su precio, condiciones de contratación, etc., a la garantía de los productos, a retractarse de una compra y a respetar lo establecido en los contratos y la no discriminación arbitraria por parte de empresas proveedoras de bienes o servicios.
Además, establece la regulación de la publicidad engañosa y la eliminación de la llamada «letra chica» en los contratos, cacilitar la formación de las asociaciones de consumidores y favorecer las acciones colectivas cuando se vulneran los derechos de los consumidores.
En diciembre de 2011, el Congreso chileno amplió las atribuciones del Sernac en materias financieras con la Ley N° 20.555. En septiembre del 2018, se publica la Ley N° 21.081, que fortalece la protección de los consumidores, dotando al Servicio con facultad para fiscalizar y mejorando diversos procesos.
Hoy más que nunca la ciudadanía exige una institucionalidad con mayor protección a sus problemas de consumo, incluso en materias reguladas. Y aunque el tratamiento de datos personales no siempre es visible para el consumidor, afectan sus consecuencias, por lo que la nueva constitución podría darle una institucionalidad al SERNAC para proteger a las y los consumidores.
El programa Oh! Citoyens Live, conversó con el Presidente de la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile-ODECU, Stefan Larenas, quien se refirió a aquellos elementos presentes en la nueva constitución, y que según Larenas, es que en esta nueva propuesta “existen los derechos de los consumiodores, como consumidores, que no existe en la constitución actual”, dijo.
Más adelante, agregó, “la libertad económica va a ser favorecida por la constitución, la libertad de emprendimiento, pero siempre con el límite del derecho de las personas, del derecho del consumidor”.
Respecto de la tutela administrativa, este articulado implica un gran avance en la protección legal de los derechos de los consumidores. Esto existió hasta la década de los 70 con la DIRINCO, y luego durante el régimen civico-militar se creó – en un contexto económico neoliberal de mercado – el SERNAC (1980), pero sin apoyo de leyes que lo fortalecieran. “Recién el año 1997 ese crea la primera ‘Ley de Defensa del consumidor’, y luego vino la reforma del Presidente Lagos el 2005, y luego la última reforma de la presidenta Bachelet”, explicó.
En dicho escenario político de reformas, se establecen sanciones legales muy precisas, pero las asociaciones gremiales de la época elevaron una solictud de veto al Tribunal Constitucional, quien finalmente le otorgó el rango de “inconstitucional” al nuevo propósito legal del SERNAC, señaló Larenas.
La nueva Carta Magna, dijo el presidente de ODECU, se creará una agencia especial de protección al consumidor, esta agencia velará por los derechos de los consumidores y tendrá facultades interpretativas y sancionatorias, todo lo anterior en un cuerpo legal robusto.
La Cámara Nacional de Comercio ha expresado sus temores frente al nuevo cuerpo constitucional por lo que ha publicado una declaración, donde expresa que se hace innecesaria una nueva institucionalidad y que la actual normativa es suficiente para regular estos derechos.
Sin embargo, hay falencias en la actual normativa, por ejemplo, no se han legitimado las organizaciones defensoras de los derechos de los consumidores, y en materia educacional, cultural, salud, alimentación, seguridad y medioambiental, existen importantes vacios. Lo anterior, sucede en un contexto de un Estado subsidiario y no garante, expresó el líder de la organización.
Respecto, por ejemplo, de la salud en Isapres, donde está registrada cerca de un 19% de la ciudadanía, el marco regulatorio no protege ni garantiza su materia de derechos de los consumidores. Según las asociaciones gremiales, esto implicaría una ‘ley especial’ para estos efectos, detalló Larenas.
Un eje central, para la organización, en la nueva constitución, es que establece a la persona como el centro de los derechos, no obviando la existencia de un mercado, pero que este último no es lo principal frente a los derechos democráticos. Esta propuesta de agencia a crear cumpliría una función de protección y mediación legal, sea en forma de derechos individuales o colectivos, de manera ‘garante’, y como eje de la economía moderna.
Un aspecto de la vida moderna y consumista se relaciona con el fenómeno de la colusión, y que el borrador constitucional lo deja al albitrio de la ley. “Se considerará la colusión como un delito contra las personas (…) la colusión es un delito de fe pública contra la personas”, comentó Larenas.
Ver entrevista completa en este link:
https://youtu.be/un1I5c1vdQw